Joshpip
24-08-2018, 10:50 PM
El Supremo ha condenado a 13 años y 3 meses de prisión y 300 millones de euros de multa al exresponsable de Finanzas Forex Germán Cardona Soler por varios delitos en relación con una estafa piramidal con la que defraudó 390 millones de dólares a 186.000 personas entre 2007 y 2010.
Los delitos por los que resulta condenado son el de asociación ilícita, delito continuado de estafa agravado, en concurso ideal con falsificación de documentos y blanqueo de capitales.
También se ha confirmado la condena de 3 años de prisión y multa de 900.000 euros impuesta a su compañera sentimental, Lina María Mantilla, por blanqueo de capitales y asociación ilícita.
La Sala ha desestimado el recurso de casación interpuesto por los dos condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, además de las citadas penas, acordó el decomiso de los bienes incautados y la disolución de la mercantil de nacionalidad panameña Evolution MARKET Group Inc. Esa misma sentencia absolvió a otras dos acusados que fueron juzgados por estos hechos. El Supremo ha confirmado todos estos extremos.
El tribunal señala la exigencia de una estructura organizativa jerarquizada con una finalidad delictiva, así como la conciencia de que estaban estafando por parte de los reos y otros elementos que conducen a su condena.
Los hechos probados recogen que Germán Cardona Soler, con la colaboración de la también acusada Lina María Mantilla Grande, en compañía de otras personas, decidieron crear una estructura con la que enriquecerse ilícitamente y ocultar las ganancias.
Así, pusieron en marcha un sistema defraudatorio, a través de internet, que afectó a un elevadísimo número de personas en todo el mundo.
Según esos mismos hechos, el acusado Germán Cardona Soler, como promotor y máximo responsable de dicha estructura, se valió para ese fin de la mercantil Evolution Market Group, Inc, sociedad constituida en la República de Panamá, aunque la marca comercial utilizada para operar en el mercado de divisas era Finanzas Forex.
Por su parte, la acusada Lina María Mantilla Grande se encargó de reinvertir las ganancias así obtenidas, ocultando su ilícita procedencia y la titularidad real de los activos, con la única finalidad de enriquecerse ilícitamente, aprovechando los contactos en su país de origen, Colombia.
Desde la fecha de su constitución y hasta el mes mayo de 2009, centró su actividad en el citado mercado de divisas Forex, captando a clientes e inversores bajo la promesa de altísimos réditos, a quienes se abonaban unos supuestos rendimientos con las aportaciones de los nuevos inversores, sin que en realidad existiera ninguna actividad comercial o financiera que produjera rentabilidad alguna.
Además, desviaban la inversión a otros mercados como el inmobiliario, el mercado del oro, los "commodities", todo ello en contra lo dispuesto en las cláusulas contractuales que aquellos se veían obligados a firmar.
"Las operaciones llevadas a cabo en el mercado de divisas no devengaron ganancia alguna, por lo que nunca hubo altas rentabilidades (tal y como se anunciaban) o de otro tipo, para poder repartir entre los clientes, ya que nunca se distribuyó de manera efectiva el beneficio obtenido por aquellos, o lo fue, en cantidades ridículas", dice la sentencia.
"Pese a ello, el acusado con la finalidad de mantener el engaño facilitó a los inversores extractos de movimientos ficticios y certificados de inversión con los que les hacían creer que habían obtenido ganancias en poco tiempo y que mantenían saldos positivos", añaden los hechos probados.
Los delitos por los que resulta condenado son el de asociación ilícita, delito continuado de estafa agravado, en concurso ideal con falsificación de documentos y blanqueo de capitales.
También se ha confirmado la condena de 3 años de prisión y multa de 900.000 euros impuesta a su compañera sentimental, Lina María Mantilla, por blanqueo de capitales y asociación ilícita.
La Sala ha desestimado el recurso de casación interpuesto por los dos condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, además de las citadas penas, acordó el decomiso de los bienes incautados y la disolución de la mercantil de nacionalidad panameña Evolution MARKET Group Inc. Esa misma sentencia absolvió a otras dos acusados que fueron juzgados por estos hechos. El Supremo ha confirmado todos estos extremos.
El tribunal señala la exigencia de una estructura organizativa jerarquizada con una finalidad delictiva, así como la conciencia de que estaban estafando por parte de los reos y otros elementos que conducen a su condena.
Los hechos probados recogen que Germán Cardona Soler, con la colaboración de la también acusada Lina María Mantilla Grande, en compañía de otras personas, decidieron crear una estructura con la que enriquecerse ilícitamente y ocultar las ganancias.
Así, pusieron en marcha un sistema defraudatorio, a través de internet, que afectó a un elevadísimo número de personas en todo el mundo.
Según esos mismos hechos, el acusado Germán Cardona Soler, como promotor y máximo responsable de dicha estructura, se valió para ese fin de la mercantil Evolution Market Group, Inc, sociedad constituida en la República de Panamá, aunque la marca comercial utilizada para operar en el mercado de divisas era Finanzas Forex.
Por su parte, la acusada Lina María Mantilla Grande se encargó de reinvertir las ganancias así obtenidas, ocultando su ilícita procedencia y la titularidad real de los activos, con la única finalidad de enriquecerse ilícitamente, aprovechando los contactos en su país de origen, Colombia.
Desde la fecha de su constitución y hasta el mes mayo de 2009, centró su actividad en el citado mercado de divisas Forex, captando a clientes e inversores bajo la promesa de altísimos réditos, a quienes se abonaban unos supuestos rendimientos con las aportaciones de los nuevos inversores, sin que en realidad existiera ninguna actividad comercial o financiera que produjera rentabilidad alguna.
Además, desviaban la inversión a otros mercados como el inmobiliario, el mercado del oro, los "commodities", todo ello en contra lo dispuesto en las cláusulas contractuales que aquellos se veían obligados a firmar.
"Las operaciones llevadas a cabo en el mercado de divisas no devengaron ganancia alguna, por lo que nunca hubo altas rentabilidades (tal y como se anunciaban) o de otro tipo, para poder repartir entre los clientes, ya que nunca se distribuyó de manera efectiva el beneficio obtenido por aquellos, o lo fue, en cantidades ridículas", dice la sentencia.
"Pese a ello, el acusado con la finalidad de mantener el engaño facilitó a los inversores extractos de movimientos ficticios y certificados de inversión con los que les hacían creer que habían obtenido ganancias en poco tiempo y que mantenían saldos positivos", añaden los hechos probados.