peterbank
10-11-2018, 06:30 PM
El 87% de las transacciones comerciales se siguen realizando en nuestro país con dinero contante y sonante, sólo por debajo de Malta (92%), Grecia (88%) y Chipre (88%)
Los teléfonos móviles inteligentes han sustituido rápida y sigilosamente a todo tipo de utensilios cotidianos: a calculadoras, cámaras de fotos o, incluso, a tarjetas de crédito o débito; y éste es uno sólo de los medios de pago a disposición de los consumidores.
Los últimos años han visto el desarrollo de los llamados “medios de pago electrónicos”, término en el que se agrupan desde pagos online, teléfonos móviles o pulseras, hasta las ahora más “tradicionales” tarjetas bancarias de crédito o débito.
Muy atrás quedan aquellos tiempos en los que viajar al extranjero se convertía en una auténtica odisea en lo que a medios de pago se refiere: ya no hay que cambiar moneda o comprar cheques de viaje (ni incurrir, por tanto, en los altos costes de ambas transacciones; o sufrir por la posibilidad de robo). Con un simple trozo de plástico o, como decíamos, con nuestro teléfono móvil, podemos pagar nuestras compras y comidas en otros países.
3250
En un reciente viaje a una gran capital (aún) europea, un conocido observó cómo el conductor de un autobús no aceptaba el pago en efectivo que le ofrecía un turista extranjero, ya que toda la red de transporte urbano había migrado sus sistemas de cobro a medios electrónicos, con la consiguiente comodidad para los usuarios, para la propia empresa (todos los ingresos quedan automáticamente registrados y no hay que incurrir en los costes de un transporte acorazado de efectivo) y para el Estado (que tiene un control más directo de los digitalizados ingresos de esa empresa).
La transposición de la Directiva 2015/2366 supondrá una nueva regulación que va a beneficiar a consumidores, comerciantes y al propio Estado
El anterior ejemplo arroja conclusiones aplastantes: los comerciantes están migrando sus sistemas de cobro a medios electrónicos para un mejor control de sus ingresos y unos menores costes de gestión y de sus riesgos, mientras que algunos grupos de consumidores siguen aún prefiriendo el uso de efectivo.
En España, el efectivo sigue siendo el rey para realizar transacciones comerciales; así lo dicen tanto el informe del Banco Central Europeo (BCE) publicado en noviembre de 2017, que establece que en nuestro país el 87% de las transacciones comerciales se siguen realizando con dinero contante y sonante -sólo por debajo de Malta (92%), Grecia (88%) o Chipre (88%), y seguida muy de cerca por Italia y Austria (ambas con el 86%)-. Un buen ejemplo son las interminables colas en período estival en los peajes de las autopistas de los que se empecinan en pagar en efectivo.
Sin embargo, más del 90% de los consumidores españoles reconocen tener acceso a medios de pago electrónicos; entonces ¿cuál es el problema?
En ese mismo informe del BCE encontramos la respuesta: España se sitúa en el grupo de cola europeo en lo que a aceptación de medios de pago “no en efectivo” se refiere, con un 66% de puntos de venta que acepten esos medios de pago (la media europea se establece en el 72%). Y todo ello pese a que varios años antes del informe del BCE Europa decidiera por primera vez bajar las comisiones en los pagos con tarjeta a través de un Reglamento, regulación a la que España se adelantó, bajándolas aun más en los pagos cuyo importe sea inferior a 20 euros.
El Estado tendrá un mayor control sobre las transacciones, lo que, con toda seguridad, ayudará a mitigar la economía que escapa a la fiscalidad
Con el anterior escenario, es de suma importancia el reto al que se enfrenta el legislador a la hora de transponer la Directiva 2015/2366, de 25 de noviembre, de servicios de pago en el mercado interior (que se ha venido a denominar como “PSD2” -Payment Services Directive 2-).
A pesar de que la PSD2 entró en vigor el pasado mes de enero de 2018, debido a la situación política nacional, aún está pendiente de transposición en España.
El Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago parece que trata de impulsar el uso de los medios de pago electrónicos, pues, entre otras medidas, obliga a los comerciantes a aceptar un instrumento de pago como alternativa al efectivo en transacciones superiores a un determinado importe (que, inicialmente, está fijado en 30 euros). Todo esto también enmarcado dentro de la ambiciosa agenda digital y de fomento de la innovación que impulsa el Gobierno de España.
Esa simple medida arriba apuntada se produce en un buen momento, ya que los comerciantes se han visto beneficiados de manera significativa por varias bajadas de los costes de aceptación de las tarjetas, todas ellas promovidas desde la administración pública. Teniendo en cuenta los datos del mencionado estudio del BCE la medida supondrá, sin duda, que la aceptación de los medios de pago electrónicos crezca de modo exponencial, pero ha de venir acompañada necesariamente por una transposición acorde con la regulación prevista en la propia PSD2, sin apartarse de su espíritu.
No olvidemos que la popularización de los medios de pago electrónicos no sólo redundará en beneficio de los consumidores y comerciantes, sino que el propio Estado tendrá un mayor control sobre las transacciones comerciales, lo que, con toda seguridad, ayudará a mitigar la economía que escapa a la fiscalidad del Estado, la fiscalidad de todos.
Los teléfonos móviles inteligentes han sustituido rápida y sigilosamente a todo tipo de utensilios cotidianos: a calculadoras, cámaras de fotos o, incluso, a tarjetas de crédito o débito; y éste es uno sólo de los medios de pago a disposición de los consumidores.
Los últimos años han visto el desarrollo de los llamados “medios de pago electrónicos”, término en el que se agrupan desde pagos online, teléfonos móviles o pulseras, hasta las ahora más “tradicionales” tarjetas bancarias de crédito o débito.
Muy atrás quedan aquellos tiempos en los que viajar al extranjero se convertía en una auténtica odisea en lo que a medios de pago se refiere: ya no hay que cambiar moneda o comprar cheques de viaje (ni incurrir, por tanto, en los altos costes de ambas transacciones; o sufrir por la posibilidad de robo). Con un simple trozo de plástico o, como decíamos, con nuestro teléfono móvil, podemos pagar nuestras compras y comidas en otros países.
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En un reciente viaje a una gran capital (aún) europea, un conocido observó cómo el conductor de un autobús no aceptaba el pago en efectivo que le ofrecía un turista extranjero, ya que toda la red de transporte urbano había migrado sus sistemas de cobro a medios electrónicos, con la consiguiente comodidad para los usuarios, para la propia empresa (todos los ingresos quedan automáticamente registrados y no hay que incurrir en los costes de un transporte acorazado de efectivo) y para el Estado (que tiene un control más directo de los digitalizados ingresos de esa empresa).
La transposición de la Directiva 2015/2366 supondrá una nueva regulación que va a beneficiar a consumidores, comerciantes y al propio Estado
El anterior ejemplo arroja conclusiones aplastantes: los comerciantes están migrando sus sistemas de cobro a medios electrónicos para un mejor control de sus ingresos y unos menores costes de gestión y de sus riesgos, mientras que algunos grupos de consumidores siguen aún prefiriendo el uso de efectivo.
En España, el efectivo sigue siendo el rey para realizar transacciones comerciales; así lo dicen tanto el informe del Banco Central Europeo (BCE) publicado en noviembre de 2017, que establece que en nuestro país el 87% de las transacciones comerciales se siguen realizando con dinero contante y sonante -sólo por debajo de Malta (92%), Grecia (88%) o Chipre (88%), y seguida muy de cerca por Italia y Austria (ambas con el 86%)-. Un buen ejemplo son las interminables colas en período estival en los peajes de las autopistas de los que se empecinan en pagar en efectivo.
Sin embargo, más del 90% de los consumidores españoles reconocen tener acceso a medios de pago electrónicos; entonces ¿cuál es el problema?
En ese mismo informe del BCE encontramos la respuesta: España se sitúa en el grupo de cola europeo en lo que a aceptación de medios de pago “no en efectivo” se refiere, con un 66% de puntos de venta que acepten esos medios de pago (la media europea se establece en el 72%). Y todo ello pese a que varios años antes del informe del BCE Europa decidiera por primera vez bajar las comisiones en los pagos con tarjeta a través de un Reglamento, regulación a la que España se adelantó, bajándolas aun más en los pagos cuyo importe sea inferior a 20 euros.
El Estado tendrá un mayor control sobre las transacciones, lo que, con toda seguridad, ayudará a mitigar la economía que escapa a la fiscalidad
Con el anterior escenario, es de suma importancia el reto al que se enfrenta el legislador a la hora de transponer la Directiva 2015/2366, de 25 de noviembre, de servicios de pago en el mercado interior (que se ha venido a denominar como “PSD2” -Payment Services Directive 2-).
A pesar de que la PSD2 entró en vigor el pasado mes de enero de 2018, debido a la situación política nacional, aún está pendiente de transposición en España.
El Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago parece que trata de impulsar el uso de los medios de pago electrónicos, pues, entre otras medidas, obliga a los comerciantes a aceptar un instrumento de pago como alternativa al efectivo en transacciones superiores a un determinado importe (que, inicialmente, está fijado en 30 euros). Todo esto también enmarcado dentro de la ambiciosa agenda digital y de fomento de la innovación que impulsa el Gobierno de España.
Esa simple medida arriba apuntada se produce en un buen momento, ya que los comerciantes se han visto beneficiados de manera significativa por varias bajadas de los costes de aceptación de las tarjetas, todas ellas promovidas desde la administración pública. Teniendo en cuenta los datos del mencionado estudio del BCE la medida supondrá, sin duda, que la aceptación de los medios de pago electrónicos crezca de modo exponencial, pero ha de venir acompañada necesariamente por una transposición acorde con la regulación prevista en la propia PSD2, sin apartarse de su espíritu.
No olvidemos que la popularización de los medios de pago electrónicos no sólo redundará en beneficio de los consumidores y comerciantes, sino que el propio Estado tendrá un mayor control sobre las transacciones comerciales, lo que, con toda seguridad, ayudará a mitigar la economía que escapa a la fiscalidad del Estado, la fiscalidad de todos.