Pese a la dificultad para emplear, la regulación genera desincentivos para la contratación formal de trabajadores extranjeros.

Para finales del 2018, se espera que el número de inmigrantes venezolanos en el Perú supere el medio millón de personas. Ante la falta de capital humano en ciertos sectores de la economía nacional, ¿cómo aprovechar mejor las capacidades productivas de los nuevos trabajadores?

Algunos aspectos de la legislación para contratar empleados extranjeros, junto con la demora en trámites burocráticos, podrían estar restringiendo una asimilación más efectiva de los trabajadores en empresas formales, asimilación que beneficiaría no solo a ellos sino a la economía en general.

DEMANDA LABORAL EXTRANJERA

De acuerdo con la Encuesta de Escasez de Talento 2018 realizada por Manpower Perú, el 43% de los empleadores reporta dificultad para contratar, mientras que este porcentaje se eleva a 54% en la gran empresa.

En el contexto de alta inmigración venezolana, las empresas medianas y grandes son las que más han contratado trabajadores formales de este país: según información del MTPE, el 39% trabaja en empresas formales privadas de 11 a 100 trabajadores, mientras que el 46% lo hace en empresas de más de 101 trabajadores.

Además, según la encuesta de demanda ocupacional del MTPE, en el 2018, las empresas reportaron que el 31,9% del personal que requieren contratar debería poseer educación técnica o superior. Destaca la mayor demanda por profesionales con educación técnica (25,4%), la cual aumenta entre los sectores servicios y comercio (38%). Al respecto, los trabajadores formales venezolanos son mayormente calificados. Hasta agosto del 2018, el 57,3% tenía entre educación técnica o superior.

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RÉGIMEN LABORAL DEL TRABAJADOR EXTRANJERO

La contratación de trabajadores extranjeros está regulada por el Decreto Legislativo (D.Leg.) 689. Según este, en una empresa privada, el personal extranjero no podrá exceder el 20% del total de trabajadores, ni sus remuneraciones el 30% del total de la planilla.

Además, los contratos tienen un plazo máximo de tres años, los cuales pueden prorrogarse por períodos iguales. Este personal solo podrá trabajar formalmente una vez obtenida la aprobación de estos contratos por parte de las autoridades administrativas de trabajo (AAT) y la obtención de la calidad migratoria otorgada por Interpol y la Superintendencia Nacional de Migraciones. De esta manera, la regulación genera desincentivos para la contratación formal de trabajadores extranjeros. Más allá de la inmigración venezolana, los desincentivos aplican para trabajadores capacitados de cualquier país.