Desde este miércoles 30 de enero entró en vigencia en Venezuela el decreto constituyente sobre el Sistema Integral de Criptoactivos, una serie de medidas regulatorias gubernamentales que serán utilizadas para fiscalizar toda la industria de criptoactivos en el país. Las medidas involucran la minería, la conformación de casas de cambio de criptomonedas y el intercambio.
Aunque el decreto de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) fue aprobado en noviembre del año pasado, el documento oficial ha sido publicado este miércoles y difundido en la Gaceta Oficial número 41.575 el jueves 31 de enero.
La legislación aprobada y firmada por el presidente de la ANC, Diosdado Cabello, incluye 63 artículos, cinco disposiciones transitorias y derogatorias. Uno de los que llama la atención es el artículo 42, en donde se establecen multas por realizar cualquier actividad relacionada con criptoactivos, incluyendo la minería sin licencia. El decreto indica lo siguiente:
Quienes operen o realicen cualquier tipo de actividad relacionada con la constitución, emisión, organización, funcionamiento y uso de criptoactivos o criptoactivos soberanos, incluyendo la minería, sin la debida autorización del ente rector y en incumplimiento de las demás formalidades exigidas por este Decreto Constituyente, serán sancionados con multa equivalente de 100 a 300 criptoactivos soberanos.
Gaceta Oficial 41.575 de la República Bolivariana de Venezuela
De lo anterior se desprende que las personas que no cumplan con esta disposición podrían acarrear multas de hasta 18.000 dólares, al tomar en consideración el precio del petro que es, según su libro blanco, de 60 dólares.
También llama la atención todas las competencias que tendrá la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip). Algunas de ellas se detallan en el artículo 11 en el que se informa que el organismo deberá “coordinar y supervisar los registros de mineros digitales, casas de intercambio y demás servicios financieros en criptoactivos y a la intermediación digital en criptomonedas y criptoactivos”.
Esto podría traducirse en que la Sunacrip estaría en posición de fiscalizar cualquier plataforma que sirva para la comercialización de criptomonedas en Venezuela, ya sean nacionales o internacionales, centralizadas o descentralizadas.
Sobre este aspecto se detalla que la superintendencia ejercerá el control y la “fiscalización de las actividades de negociación, creación, emisión, transferencia, comercialización e intercambio de criptoactivos que tengan lugar en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”, lo que abarcaría a servicios como el que ofrece LocalBitcoins.
Publicado por Rafael Gómez Torres | Ene 31, 2019 criptonoticias